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La clausula ‘anticovid’ en la finalización de los contratos

En los contratos que están firmando los futbolistas se recoge que la competición puede finalizar el 30 de junio o el último partido si tuviera que extenderse la competición por la pandemia

Se está firmando en los contratos que se extienden sólo hasta final de temporada o de cesiones y de esta forma se evita situaciones como las del año pasado

Eric Garcia termina contrato al final de esta temporada / | AFP

El próximo lunes 1 de febrero a las 23:59 horas concluye el mercado de fichajes de invierno en el fútbol español. Un mercado que, según ha podido saber el diario SPORT, podría intensificarse en los instantes finales. Operaciones donde las cesiones o el regreso de jugadores parecen ser una de las fórmulas más empleadas. 

Y un mercado de fichajes donde los contratos que se están firmando llevan incluidos una clausula anticovid. En aquellos que tiene como fecha límite el final de la presente temporada. Ya sean contratos de traspaso o cesiones. De esta forma se pretende evitar las situaciones producidas al final de la temporada pasada tras la aparición de la pandemia.

Porque, como ya contamos en su momento SPORT; el fútbol español como el resto de competiciones se encontraron con el problema de los contratos que tenían como fecha límite el 30 de junio 2020 después de que la liga tuviera que interrumpirse la temporada pasada obligada por el estado de alarma y al fijarse la mitad de julio como la fecha de la finalización de la competición. 

Desde el primer momento el sindicato de futbolistas españoles fue categórico en cuanto a su postura al considerar el 30 de junio como fecha límite. De lo contrario, es decir extralimitar este tiempo por decisión unilateral de los clubes, supone vulnerar los derechos de los trabajadores recogidos en el Estatuto de los Trabajadores que está recogido en la legislación nacional y cuya última versión es del 23 de octubre del 2015. Además en el caso de los futbolistas, como del resto de deportistas profesionales, se rigen específicamente en nuestro país por el Real Decreto 1006 del 26 de junio de 1985 que le otorga un carácter especial a la relación laboral, entre muchos deportistas, a los futbolistas que militan en nuestro país. Así de hecho queda recogido en el comienzo del propio Real Decreto 1006 que en su punto uno relativo al ámbito de aplicación deja claro que "regula la relación especial de trabajo de los deportistas profesionales, a los que se refiere el artículo segundo, apartado d del Estatuto de los Trabajadores".

Es decir, para esa fecha de 30 de junio se consideraran finalizados todos los contratos de los jugadores del fútbol profesional. Tanto la temporada pasada como norma en el resto, empezando por la actual 2020-2021. 

Ante esta situación la FIFA publicó un documento relativo a las cuestiones regulatorias derivadas de la crisis por el COVID 19 y donde una de las primeras cuestiones fue precisamente la derivada de la duración de los contratos. 

Lo cual genera una serie de problemas, que la propia FIFA reconoció, en torno a los contratos que vencían en la fecha de finalización de la temporada del 30 de junio 2020, las cesiones, las cesiones o contratos que arrancan al principio de la actual temporada 2021

La FIFA propuso una serie de soluciones

En dicho documento FIFA, además de todo esto, dejaba claro que "Por lo general, los contratos laborales deben regirse por la legislación nacional y la autonomía contractual de las partes". Es por ello que la máxima institución del fútbol mundial hizo una serie de proposiciones que pasaba por que si un contrato finaliza en la fecha original de vencimiento de la temporada (30 de junio) deberá prolongarse hasta la nueva fecha de finalización. En caso de que el contrato comenzara en la ficha de inicio de la actual temporada (1 de julio del 2020) debería posponerse hasta la nueva fecha de inicio de la temporada. Y en caso de solaparse ambas temporadas "se dará prioridad al club anterior para completar la temporada con su equipo original". Propuestas que en ningún caso podía imponer porque siempre prima la legislación nacional. 

Las cesiones fueron las más afectadas

Y es aquí donde surgió el gran problema porque quedó en manos de los futbolistas si llegan a un acuerdo a partir de esa fecha el continuar y acabar la competición con los equipos que actualmente tienen contrato en vigor. Pero serán las dos partes las que deban llegar a un acuerdo para el tiempo que dure la nueva vinculación. Acuerdo que siempre fue en las mismas condiciones que el contrato anterior. Esta situación propició que algunos futbolistas ampliasen su vinculación hasta que concluyó la temporada pasada. Pero también fueron varios los casos que, especialmente las cesiones, donde los jugadores tuvieron que regresar a su club de origen. Entre lo casos más sonados están Luis Suárez, entonces jugador del Zaragoza y actualmente en el Granada, y que tuvo que volver a Inglaterra y no pudo acabar la temporada con el club maño. A nivel internacional está el caso de Cavani que optó por no seguir con el PSG desde el 1 de julio al concluir su relación el 30 de junio con el club francés

Clausula anti huida en los nuevos contratos que acaban esta temporada

 

Para evitar capítulos como estos en caso de que la competición española se interrumpiera y no pudiera acabar después del 30 de junio, es por lo que los clubes y futbolistas están firmando contratos donde fijan como fecha de finalización el 30 de junio o el día del último partido. Siempre que tanto la Liga como la RFEF acordasen, por situaciones obligadas por el COVID, la competición profesional acabe más allá de este último día de junio. 

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