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Esta noche se podría activar la sanción contra Griezmann

Se cumpliría el mes de vacaciones que alegó para no acudir a la citación del Atlético de Madrid del pasado domingo

A partir de la tercera ausencia ya está tipificada como muy grave y le supondría una sanción de unos 200.000 euros

Ramón Fuentes

A las doce en punto de esta noche se cumplen los 30 días de vacaciones que alegó Antoine Griezmann para no acudir el pasado domingo a la convocatoria con el resto de jugadores del Atlético de Madrid.

El francés se acogió a lo establecido en el convenio colectivo vigente entre la AFE y la Liga y que dice lo siguiente: “Los futbolistas tienen derecho a unas vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales, o de la parte proporcional que les corresponda cuando tengan antigüedad inferior a un año en el Club/SAD; y de los que, al menos, 21 serán disfrutados de forma continuada y el resto cuando las partes lo acuerden. En caso de desacuerdo, se disfrutarán los 30 días de forma continuada" que sería lo que estaría haciendo el francés una vez que estuvo con la selección francesa concentrado hasta el pasado 11 de junio. 

Desde las 00:01 de esta próxima noche del 12 de junio, el Atlético de Madrid, mientras el Fútbol Club Barcelona no ejerza la cláusula o el jugador siga siendo propiedad del Atlético de Madrid, podrá aplicar su reglamento disciplinario. Algo que, como ya explicamos el pasado domingo en SPORT, debe basarse en el Reglamento General de Régimen Disciplinario existente en el convenio entre LaLiga y la AFE, sindicato mayoritario de futbolistas. Un convenio publicado en el BOE el 8 de diciembre del 2015 y que tiene vigencia hasta el final de la próxima temporada.

Pues bien, tal y como establece el mismo, se tipifica como grave la “primera y segunda ausencia falta de asistencia al trabajo, sin causa justificada, no tratándose de un partido”. Este parece el caso de Antonie Griezmann si finalmente no se persona esta noche en la citación y además no estuviera tampoco mañana en el primer entrenamiento previsto en la concentración de Segovia.

El Atlético puede sancionar a Griezmann  | AFP

Si esta ausencia en la concentración se prolonga hasta el martes o en lo sucesivo, estaríamos entonces ya en una falta muy grave, tal y como recoge el propio régimen disciplinario. “La tercera y sucesivas faltas de asistencia al trabajo, sin causa justificada, cometidas en el período de una temporada…”.

Dentro de las muy graves también se incluye “la desobediencia que implicase el quebranto grave de la disciplina o que causase grave perjuicio al Club/Sad, incluido el quebrantamiento de sanción”. Sin duda una situación aplicable al delantero galo, por cuanto su incomparecencia puede ser considerado desde el principio como un grave perjuicio al Atlético de Madrid.

Pues bien, desde mañana mismo sería una sanción grave en cuanto el francés se ausente del primer entrenamiento. Lo mismo si continúa pasado mañana. En ambos casos el club rojiblanco puede suspender de empleo y sueldo de dos a diez días además de una multa de hasta el 7% de su salario además conforme a unas tablas establecidas en el convenio. Al tener el francés un sueldo superior a los 100000 euros mensuales, se le aplicaría hasta un 7% de los primeros 100000 euros y un 4% más en el exceso de salario mensual a partir de dicha cantidad. Si tenemos en cuenta que el delantero cobra 1,9 millones de euros mensuales, la multa ascendería a a unos 80000 euros en el caso de considerarse como grave.

Si ya se alargara la ausencia hasta el domingo nos situamos en el escenario de muy graves, y siempre conforme establece el convenio entre la liga y el sindicato, el delantero podría ser suspendido de empleo y sueldo de once a treinta días. Sanción que deberá graduarse conforme a las circunstancias concurrentes. Además salarialmente, esto podría suponerle al jugador una multa de un 25% hasta los primeros 10000 euros y hasta un 10% en el exceso del salario mensual. Y aquí la cifra podría ascender a los 200.000 euros de multa.

 

Bien es cierto que esta aplicación nunca tendrá carácter inmediato dado que la norma obliga a la apertura de un expediente sancionador por parte del club, haciéndole constar al jugador el pliego de cargos ante la que el jugador podrá defenderse. Bien es cierto que en los casos de las muy graves el club puede decidir la suspensión de empleo y sueldo del futbolista mientras que se sustancia el expediente. Suspensión que sólo puede prolongarse quince días. Veremos pues porque las próximas horas son claves para el desenlace inmediato del futuro del delantero francés y sus posibles consecuencias disciplinarias